jueves, 3 de octubre de 2013

Actividad proyecto integrado (para semana del 7 al 11 de octubre)

1. Identifique el tema.
2. Realice un pequeño resumen.
3. Organice las ideas del texto.
4. Comente críticamente el contenido.

TEXTO

JUSTICIA | Este martes a las 18.00 horas

El Constitucinal convoca Pleno para votar sobre el recurso del PP contra el matrimonio gay

  • La ponencia de Pérez Tremps avalaría su constitucionalidad
  • La mayoría de magistrados parece apuntarse a esta tesis
Europa Press | Madrid
El Tribunal Constitucional ha convocado Pleno para este martes a las 18.00 horas durante el cual es más que probable que delibere y someta a votación el recurso presentado por el PP contra el matrimonio homosexual, han informado fuentes jurídicas.
La ponencia sobre este asunto ha recaído en el magistrado del denominado "sector progresista" Pablo Pérez Tremps, que ha presentado un texto contrario a la aceptación del recurso que confirmaría la constitucionalidad de la norma. La mayoría de magistrados adscritos a este sector parece apuntar la denegación del recurso.
El asunto se viene tratando a fondo desde mediados del pasado mes de septiembre y se ha incluido en el programa de todos Plenos celebrados desde entonces, pero es ahora cuando parece que el debate está más cerrado y es posible que se acuerde una sentencia al respecto, según las mismas fuentes.
De hecho, los Plenos se celebran una semana sí y otra no, y tras las reuniones de la semana pasada el hecho de que vuelva a convocarse el cónclave parece indicar que es casi seguro que el asunto va a ser sometido a votación.
Sobre la mesa está la ponencia contraria al recurso que fue presentada por el progresista Pablo Pérez-Tremps al comienzo del verano y se espera que pueda alcanzar los suficientes apoyos para salir adelante.
El pasado 5 de julio, el Constitucional aceptó la abstención en este asunto del magistrado conservador Francisco José Hernando, que la solicitó por haber sido el presidente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que en enero de 2005 emitió un informe radicalmente opuesto al proyecto, a pesar de que esta opinión no había sido solicitada por el entonces gobierno socialista.

El Constitucional decidió estimar la causa de abstención formulada por Hernando al entender que las razones de este magistrado podían integrarse en lo señalado en dos puntos del artículo 219 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Este precepto incluye entre los motivos para apartarse de un debate el haber ocupado un cargo con ocasión del cual se haya participado directa o indirectamente en el asunto objeto del pleito o haber podido tener conocimiento del objeto del litigio y formar criterio en detrimento de la debida imparcialidad.

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